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SIERRA DE ESPARTEROS

(MORÓN DE LA FRONTERA)

 MÁS DE 30 AÑOS

 DE DESTRUCCIÓN

 DE UN REFERENTE PAISAJÍSTICO

LA SIERRA DE ESPARTEROS

La Sierra de Esparteros, o de Morón, es una abrupta elevación que actúa de frontera natural entre los llanos de la campiña y la serranía sur de la provincia de Sevilla. Está considerada un espacio protegido dentro del Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla, como Complejo Serrano (S-20). Morfológicamente constituye un espacio de interés (falla) y un refugio para la flora y fauna de la comarca, muy condicionada por la explotación agrícola.

 

Con una altura máxima de 585 metros, el característico perfil de la Sierra de Esparteros es visible desde gran parte de la provincia de Sevilla, y su impronta en el paisaje es una seña de identidad muy querida en todos los pueblos de la comarca, incluso para ciudades tan alejadas como Carmona, donde el pasado 1 de julio su ayuntamiento aprobó una moción en la que se declara que “la Sierra de Esparteros es un referente paisajístico de incalculable valor y una seña de identidad que es patrimonio de todos los habitantes de la campiña sevillana”.

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AMENAZAS

Tres proyectos mineros amenazan la supervivencia de este espacio natural, a pesar de estar clasificado como Suelo No Urbanizable de Especial Protección y Conservación Prioritaria.

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La principal agresión la produce la concesión minera RSC 7200 de SIDEMOSA (Sierra de Morón S.A) que destruye la sierra desde 1966, aunque en realidad obtuvo el permiso minero en 1982, con una duración de 30 años, que se agotó en 2012. En 2014 la Junta de Andalucía, con la connivencia del Ayuntamiento de Morón, le otorgó una prórroga por otros 30 años, hasta 2044.

 

El 17 de julio de 2019 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)  estimó parcialmente el recurso que presentó Ecologistas en Acción y anuló las resoluciones que autorizaban la prórroga de la cantera RSC 7200 en Morón de la Frontera (Sevilla) debido a "la incompatibilidad urbanística de la prórroga con arreglo al planeamiento" urbanístico de la localidad. Esta sentencia se encuentra recurrida por la compañía minera, por lo que mientras esta continúa explotando la cantera e incluso ha solicitado otra ampliación de la misma. Ampliación que ha vuelto a contar con el visto bueno del Ayuntamiento de Morón de la Frontera que ha contratado auna empresa externa para intentar sortear una incompatibilidad urbanística obvia, rubricada por el TSJA y el Defensor del Pueblo Andaluz.

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El recurso está actualmente en fase de conclusiones, y siendo conscientes de la contundencia de las pruebas, el Ayuntamiento de Morón ha acelerado la modificación de su PGOU para favorecer la actividad minera frente a la especial protección que actualmente tienen esos suelos. Con ello, el Ayuntamiento está vulnerando el principio jurídico de no regresión del Derecho Medioambiental o cláusula stand still, que recientemente ha usado el propio TSJA para anular una modificación urbanística del PGOu de Arahal. Ese principio jurídico implica que “no cabe adoptar medidas que supongan un patente retroceso en el grado de protección alcanzado”.

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El segundo de los proyectos consiste en la insistencia de la empresa LALO SILES (del mismo promotor que SIDEMOSA) para intentar reabrir la denominada cantera RSA 79 Esparteros, situada en el extremo este de la Sierra, junto al río Guadaira. Esta cantera está inactiva desde 1997 y se sitúa cerca de viviendas habitadas a 100, 200 y 300 metros respectivamente, por lo que las autoridades mineras le han denegado el uso de explosivos. El pasado 9 de noviembre, el Juzgado nº1 de lo contencioso administrativo de Sevilla ha admitido la personación de Ecologistas en Acción para defender los intereses de esas familias, y de toda la ciudadanía de Morón, frente a la pretensión de la empresa de obtener permiso judicial para usar explosivos y reabrir la cantera durante, al menos, 10 años más. Esta cantera también está situada en suelo protegido por las normas urbanísticas vigentes en Morón, pero el Ayuntamiento, por ahora, está dando la espalda a los vecinos afectados.

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El tercer proyecto consiste en la apertura de una nueva macroexplotación minera denominada RSC 7201 Sierra de Esparteros, cuyos promotores son los Herederos de Francisco Siles (mismo promotores que LALO SILES y SIDEMOSA). Estaría situada entre la cantera de Esparteros y la ermita de Guadaíra, con una extensión de más de 25 hectáreas de monte frondoso. Este proyecto ya obtuvo una Declaración de Impacto Ambiental desfavorable en 1998, en base a contundentes informes técnicos que destacaban los daños ambientales y la incompatibilidad con la protección de Conservación Prioritaria que le confieren a la zona las normas urbanísticas de Morón. Ahora se ha reiniciado el expediente y ya constan, desde marzo de 2018, informes de los departamentos de urbanismo y medio ambiente del Ayuntamiento de Morón, y del Servicio de Protección Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente destacando la incompatibilidad urbanística y ambiental del proyecto.

DEMOLEDORA RESOLUCIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

José Chamizo visitó la sierra en 2008, en calidad de Defensor del Pueblo Andaluz, para comprobar la importancia del impacto paisajístico de la cantera y advirtió, en su resolución de 2009, del incumplimiento que esto supone respecto al Convenio Europeo del Paisaje, vigente en España desde el 1 de marzo de 2008.

 

Ante la denuncia de la Plataforma Ciudadana Sierra de Morón y Gaia-Ecologistas en Acción, el nuevo Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ha emitido una resolución en julio de 2013 en la que se pronuncia de manera contundente, pidiendo a la Junta de Andalucía que “se exija [a SIDEMOSA] la presentación de la documentación que sea necesaria para iniciar los trámites del procedimiento de autorización ambiental unificada contemplado en los arts. 27 y  siguientes LGICA”, destacando lo improcedente que resultaría aplicar una ley derogada en vez de la LGICA, tal y como finalmente ha  sucedido.


El Defensor del Pueblo considera que “la Administración es la primera que debe velar por el respeto al derecho a un medio ambiente adecuado (art. 45 CE y 57 del Estatuto de Autonomía) de acuerdo con la legislación de desarrollo y ello exige velar por el  cumplimiento de la normativa sectorial que, en la práctica, conforma este derecho en el caso por caso” por lo que califica de  “sorprendente” y “extraordinariamente preocupante” que la Junta de Andalucía haya permitido la explotación minera de la Sierra de Esparteros (Morón de la Frontera), aun a sabiendas de las irregularidades cometidas por la empresa SIDEMOSA y del grave daño que su actuación iba a provocar en este valioso paraje natural.


Un informe de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, fechado en febrero de 2007, advertía de como las actuaciones irregulares de la empresa SIDEMOSA estaban afectando a taxones de flora amenazadas y en peligro de extinción y que señalaba “la  muy importante afección visual que produce la explotación”.

 

El Defensor del Pueblo expresa su incredulidad ante el hecho de que la Junta de Andalucía haya hecho la vista gorda obviando este informe, y dice desconocer “los motivos por los que esta explotación minera ha venido desarrollando su actividad sin que se adopten  las medidas protectoras que la propia Administración tuteladoradel medio ambiente ha considerado necesario adoptar” pero, insiste, “el hecho nos parece muy preocupante”. En la misma resolución el Defensor llega a recordarle a la Junta de Andalucía el deber de ser  fieles a los “principios de legalidad y eficacia en la actuación administrativa y al principio de buena administración, al entender que  la tramitación de los expedientes se producen dilaciones no justificadas que hace que se dilaten las preceptivas resoluciones de  los mismos durante años.”La actual concesión de explotación pasa por alto la resolución de julio de 2013 del Defensor del Pueblo  Andaluz, donde recuerda a la consejería “el deber legal de observar los arts. 45 de la Constitución y 57 del Estatuto de Autonomía  para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, de 19 de Marzo), a tenor de la legislación de desarrollo, al entender que la voluntad del  legislador no es otra que los procedimientos que se inicien con posterioridad a la entrada en vigor de la LGICA se sometan a su  normativa, como es el caso de la solicitud de autorización de la ampliación y reforma de la explotación minera a que se refiere la  queja, y cuya documentación y solicitud de autorización no se ha formalizado sino a través de la documentación que se presentó en el  año 2012 por parte de SIDEMOSA y que, necesaria y preceptivamente, debe someterse al procedimiento de autorización ambiental unificada y con pleno respeto a la legislación urbanística, entre otros requisitos en lo que concierne a la clasificación del  suelo.”

CONTUNDENTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

Después de 5 años y medio de largo proceso judicial, la sección primera de la Sala de lo contencioso administrativo del TSJA dictó una sentencia contundente y ejemplarizante, donde se anulan todas las resoluciones favorables a la prórroga de la explotación minera denominada “Sierra de Morón”, situada en el término municipal de Morón de la Frontera (Sevilla), cuyo titular es la entidad SIDEMOSA S.L. 

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La sentencia anula las resoluciones de 19 de febrero y 17 de marzo de 2014 que otorgaban la prórroga de 30 años, firmadas por la entonces Directora General de Industria, Energía y Minas, María José Asencio, y la sentencia anula la resolución de 18 de febrero de 2015 del entonces Consejero de Economía, José Sánchez Maldonado, que desestimó los tres recursos de alzada interpuestos por Ecologistas en Acción el 20 de octubre de 2014 y también anula la previa Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable que firmó el 22 de octubre de 2013 el entonces Delegado Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

 

El TSJA manifiesta en su sentencia que “ … nuevamente surge como parámetro indudable de interpretación la incidencia ambiental de la actividad extractiva, que obliga a priorizar los intereses generales vinculados con el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y el mandato dirigido a los poderes públicos con el fin de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, como principios rectores de alcance constitucional (arts. 45,1 y 5 CE); y, máxime tomando en cuenta que el título cuya prórroga se pretendía habilitaba la continuación de la actividad extractiva durante otros treinta años.”

 

Sin embargo, frente a ese mandato de protección medioambiental, dirigido a los poderes públicos, el actual Alcalde de Morón, Juan Manuel Rodríguez, omitió remitir el importantísimo informe de incompatibilidad urbanística a las autoridades ambientales durante el proceso de evaluación de impacto ambiental de 2013, y esas autoridades ambientales –y las mineras- también omitieron valorar ese imprescindible informe de incompatibilidad urbanística, a pesar de que lo conocieron fehacientemente con antelación a todas las resoluciones anuladas, porque Ecologistas en Acción pudo acceder al mismo y les trasladó copia hasta en 5 ocasiones.

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Resulta tan trascendental ese informe de incompatibilidad urbanística, que la sentencia llega a afirmar que “Esta regulación pone además de manifiesto la insuficiencia de la licencia municipal otorgada en 1991 o del resto de los documentos previos que no ponderaron la situación resultante de la misma.”

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Es decir, el TSJA deja entrever en su sentencia lo que Ecologistas en Acción lleva defendiendo desde hace más de 20 años, y es que todas las licencias municipales otorgadas a esta cantera siempre han sido ilegales, especialmente la de 1991, otorgada por el entonces Alcalde José Párraga, cuya empresa privada sigue siendo proveedor habitual de los explosivos que usa SIDEMOSA y provocan la destrucción de la Sierra.

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Igualmente la sentencia deja claro que Ecologistas en Acción tiene razón cuando afirma que las autoridades ambientales y mineras de la Junta de Andalucía aplicaron para autorizar la prórroga una ley ambiental derogada desde 2008, la Ley 7/1994, en vez de aplicar la vigente Ley 7/2007 GICA. Y parece claro que dicha aplicación sólo buscaba un fin, forzar una interpretación tramposa que permitiera seguir a SIDEMOSA destruyendo la Sierra de Esparteros de Morón impunemente.

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Esta sentencia se encuentra recurrida por la empresa explotadora a esperas de su resolución.

RICA BIODIVERSIDAD EN PELIGRO

A pesar de la pequeña extensión que ocupa la sierra de Esparteros acoge una sorprendente biodiversidad, rica en endemismos, rarezas y multitud de especies protegidas y en peligro de extinción. El catálogo de flora vascular de la Sierra de Esparteros comprende un total de 562 taxones de 560 especies diferentes (8 helechos, una gimnosperma y 553 angiospermas) pertenecientes a 79 familias diferentes (4 de helechos, una de gimnospermas y 74 de angiospermas). En las 4 provincias occidentales de Andalucía se conocen 2.332 especies (Valdés & al., 1987) por tanto, la flora de Esparteros representa aproximadamente el 23,7% de la flora regional. Estas cifras son muy elevadas en relación con la superficie de muestreo, que se puede estimar en unos 10km2. Es de destacar la presencia de 9 taxones catalogados como amenazados y 16 especies de interés etnobotánico cuya explotación está regulada. Los taxones con mayor riesgo de amenaza con presencia confirmada en la sierra de Esparteros hasta la fecha y protegidos por la ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres (BOJA de 12 de noviembre) son:

 

                         a. Consentinia vellea subsp. Bivalens, en peligro de extinción

                         b. Celtis australis, vulnerable

Ceratocapnos heterocarpa en la sierra de Esparteros

Ceratocapnos heterocarpa en la sierra de Esparteros

Los paredones y afloramientos de roca caliza albergan un tipo de vegetación muy singular, la rupícula, que incluye interesantes endemismos béticos o bético-rifeños de gran valor ecológico y florístico. Parte del hábitat de estas especies ha sido ya destruido para siempre por las canteras. Una vez destruidos estos endemismos la recuperación es prácticamente imposible, pues la recolonización de la roca virgen es un proceso muy difícil y lento, que puede durar siglos, o que puede no llegar a producirse nunca más, pues tal vez requiera de unas condiciones climáticas diferentes a las actuales, las singulares condiciones que las originaron hace miles de años.

 

También podemos encontrar la Ceratocapnos heterocarpa, especie que se encuentra en estado vulnerable y que fue vista por primera vez en la Península Ibérica en la Sierra de Esparteros por el botánico Pius Font i Quer.

La Sierra de Esparteros acoge también una vulnerable población de cabras montesas, una pequeña avanzadilla rodeada de campos de labor y asomada a la gran extensión de la campiña y la vega del Guadalquivir, y es también refugio para una incipiente colonia de buitres leonados, gravemente amenazada por la proximidad de las canteras. Entre la gran diversidad de especies de aves que acoge, cabe destacar el buho real, el águila-azor perdicera, el roquero rojo, la collalba negra, el cernícalo vulgar y el águila calzada.

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Buitre leonado junto a su nido en la sierra de Esparteros

Buitre leonado junto a su nido en la sierra de Esparteros

ESCASO IMPACTO ECONÓMICO EN LA LOCALIDAD

La actividad ha supuesto, según datos ofrecidos por la empresa, un total de 2.345.281 euros de beneficios para la propiedad, compuesta en 2011 por un único accionista.


La suma de gastos en materiales (12.765.510 euros en el periodo 2000-2011) es muy superior a los gastos de personal (7.473.571 euros). La importancia de suministros como explosivos y gasoil hace que los efectos indirectos más positivos sean acaparados por los fabricantes de explosivos y suministradores de gasoil.El porcentaje de gasto de personal respecto al
importe neto cifra de ventas (18,93%) indica que no estamos ante una actividad intensiva en empleo. El impacto del empleo creado en el mercado de trabajo local es muy limitado. Según datos de la propia empresa la explotación generará solo 9 empleos, lo que supone un 0.07% respecto al total de contratos registrados en el municipio (12.798 en 2012).

 

Tal como aporta la propia empresa, la generación de empleo existente en 1968 es prácticamente la misma que la que se supone va a generar con la nueva prórroga: en 1968 generaba 10 empleos, con la prórroga 9. Según los datos aportados por la empresa, con la  prórroga de la explotación se podría mantener los trabajos de la plantilla actual, compuesta por un encargado, un perforista, dos  plantistas, un maquinista (retro), tres personas dedicadas a dumper/placa y otra a la planta. En total nueve personas. Desde 1968, la actividad se ha reducido a la de extracción y actividad minera, sin realizar transformación del producto de tal manera que se puede  decir que se realiza una actividad industrial o secundaria, lo que hubiera supuesto una mayor generación de riqueza y empleo. Por  tanto, no se han producido avances en la cadena de valor del producto.


Esta actividad, de tan bajo impacto en la economía y el empleo local, dificulta que se pongan en marcha otras iniciativas más  sostenibles, ya que la actividad extractiva a cielo abierto es incompatible con el desarrollo de nuevos yacimientos de empleo  vinculados al turismo, patrimonio natural y servicios de medio ambiente.


La escalada deportiva, el senderismo y otros deportes al aire libre tienen una gran tradición en la Sierra de Esparteros. Además, al pie de la ladera Norte de la sierra, encontramos un ejemplo de aprovechamiento de los valores culturales e históricos que atesora la zona. Se trata de la pedanía de las Caleras de la Sierra, inscrita en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de interés cultural, con la tipología de lugar de interés etnológico, y en la que se encuentra el Museo de la Cal. La explotación de la cantera produce numerosas molestias en la zona y dificulta el desarrollo de la industria turística.

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Croquis de algunos sectores de escalada de la sierra de Esparteros. Existen además 2 sectores de escalada deportiva y otros 2 de escalada clásica.

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